La Dirección General de Crédito Público dependiente del Viceministerio del Tesoro y Crédito Público, comunica a todas las entidades públicas que se constituyen en Fideicomitentes que según el Parágrafo II del Artículo 18 (Fideicomisos) del Decreto Supremo N°5301 de 2 de enero de 2025, deben informar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas la constitución de Fideicomisos con recursos públicos y el estado de los mismos, con fines de registro, según los plazos establecidos en la normativa vigente.
Para conocer el procedimiento de remisión de la información señalada revise la guía adjunta y sus anexos.
Anexos:
La Paz, 24 de enero de 2025