EI Articulo 5 de la Ley 1451 de Transparencia en el Servicio Público promulgada el 15 de agosto de 2022, establece que las planillas salariales de las entidades señaladas en el Artículo 2 de la citada Ley, deberán ser generadas progresivamente en el módulo de Administración de Personal (ADP) del SIGEP.
Con el objetivo de realizar un relevamiento preliminar para determinar el universo de entidades que serán implantadas en la gestión 2026 e iniciar tareas preliminares para la implantación, las entidades que a la fecha no han implantado el módulo de ADP (ver anexo adjunto) deberán remitir la siguiente información escaneada en archivo digital en formato PDF hasta el 31 de octubre de 2025 (plazo ampliado):
- Manual de Organización y Funciones aprobado y vigente
- Escala Salarial aprobado y vigente
- Organigrama aprobado y vigente
- Planilla presupuestaria aprobada y vigente
Cada archivo deberá incluir el documento de aprobación digitalizado (escaneado) con las firmas de las autoridades correspondientes.
La información deberá enviarse completando el Formulario disponible en el siguiente enlace: https://forms.gle/SP6gk1Uwtvc9dRtV8.
La Paz, 15 de octubre de 2025