La Dirección General de Programación y Operaciones del Tesoro, dependiente del Viceministerio del Tesoro y Crédito Público, reitera a las entidades públicas adscritas a la Cuenta Única del Tesoro la obligatoriedad de cumplir los lineamientos establecidos en el Comunicado MEFP/VTCP/DGPOT N°01/2025 del 7 de enero de 2025.
Es fundamental recordar que el presupuesto asignado no constituye una autorización automática de ejecución del gasto, ni asegura la liquidez de los recursos del Tesoro General de la Nación, tanto en moneda nacional como extranjera, por lo tanto, las entidades deben realizar los ajustes necesarios conforme al Parágrafo II del Artículo 26 y el Artículo 27 de las Normas Básicas del Sistema de Presupuesto, aprobadas mediante Resolución Suprema N° 225558 de 01 de diciembre de 2005. Para las operaciones de adquisición de moneda extranjera realizadas a través del Banco Central de Bolivia, las entidades públicas también deben considerar lo dispuesto en la Resolución de Directorio 025/2023, los comunicados MEFP/VTCP/DGPOT N°015/2024, MEFP/VPCF/DGSGIF/Nº46/2025 y tomar las acciones preventivas que correspondan.
En el contexto actual, es imperativo que las entidades busquen lograr una mayor eficiencia técnica y asignativa en la composición del gasto, adoptando medidas proactivas para revisar de manera específica y selectiva el gasto público e identificando oportunidades de ahorro mediante la reducción o redireccionamiento de gastos de baja prioridad, ineficientes o ineficaces.
La Paz, junio 2025