INSTRUCTIVO – MEFP/VTCP/DGPOT Nº02/2025: Fondo Rotativo

1. OBJETO La Resolución Ministerial N°153 del 6 de abril de 2016, define el Fondo Rotativo (FR) como: “Recursos financieros disponibles en una cuenta corriente fiscal pagadora por la cual las entidades públicas, realizan gastos de urgencia y otros establecidos por la normativa vigente, donde efectúan gastos menores en efectivo a través de Cajas Chicas para aquellas operaciones que por sus características no se paga directamente a beneficiario final”, y en el Articulo 29 parágrafo III dispone que “cada Fondo Rotativo tendrá un Monto Autorizado en el sistema de gestión pública vigente, el mismo que corresponderá al porcentaje (%) a ser determinado por el VTCP mediante Instructivo vigente”. En ese marco el presente instructivo establece el monto máximo y los lineamientos operativos del FR.

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La Paz, 14 de abril de 2025