En cumplimiento de lo establecido en la Resolución Ministerial N° 1396 de 15 de octubre de 2019 y con el propósito de garantizar la correcta aplicación de las disposiciones normativas relativas a la gestión de viáticos y gastos de representación, se comunica a las Entidades Públicas del Nivel Central del Estado, sus Entidades Descentralizadas y Desconcentradas, así como a las Empresas Públicas adscritas a la Cuenta Única del Tesoro (CUT), lo siguiente:
- Las libretas de titularidad de cada Entidad Pública se encuentran habilitadas en la Matriz de Control de Cuentas y Libretas (MCCL) del Sistema de Gestión Pública (SIGEP) para el registro de Comprobantes de Registro de Ejecución de Gastos (C-31) Sin Imputación Presupuestaria (SIP) que afecten la cuenta contable 1139 – Fondos en Avance, correspondiente a la Clase de Gasto 4 “Viáticos y Gastos de Representación”. Este registro deberá efectuarse a nombre del beneficiario final designado en comisión.
- Las Entidades Públicas que requieran habilitar la parametrización en la MCCL de las libretas de titularidad del Tesoro General de la Nación (TGN), bajo las Fuentes de Financiamiento 10 TGN y 41 Transferencias del TGN, y el Organismo Financiador 111 – TGN, deberán remitir una nota oficial de solicitud a la Dirección General de Programación y Operaciones del Tesoro dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas firmada por la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) o, en su defecto, por dos Máximas Autoridades Administrativas y adjuntando de manera obligatoria una copia del presupuesto vigente de la fuente financiamiento relacionada con la habilitación.
La nota oficial deberá incluir los siguientes datos:
DETALLE | DATOS REQUERIDOS |
Entidad: | Nombre de la Entidad |
Dirección Administrativa: | Código |
Fuente de Financiamiento: | Código de Fuente |
Organismos Financiador: | Código del Organismo |
Libreta de la Cuenta Única del Tesoro: | Número y descripción de la Libreta |
Correo Electrónico: | Contacto Institucional |
Documentación que no cumpla con los requisitos señalados será devuelta, y no se procederá con la habilitación o parametrización solicitada.
La MAE de cada Entidad Pública será responsable de realizar el seguimiento y control de los desembolsos efectuados, garantizando su posterior regularización conforme a los límites establecidos en el presupuesto vigente de la entidad.