La Dirección General de Programación y Operaciones del Tesoro dependiente del Viceministerio del Tesoro y Crédito Público (VTCP), comunica a todas las entidades públicas adscritas a la Cuenta Única del Tesoro (CUT) los siguientes lineamientos para la programación del flujo financiero y ejecución presupuestaria, así como la fecha límite de cargado del plan anual de cuotas de caja (PACC):
- Artículo 9 de la Ley N°2042, establece que las entidades del Sector Público no podrán comprometer ni devengar gasto con cargo a recursos del Tesoro General de la Nación- TGN, más allá de la cuota mensual asignada, de acuerdo al flujo de fondos disponible en el TGN.
- Normas Básicas del Sistema de Presupuesto, aprobadas mediante Resolución Suprema N° 225558 de 01 de diciembre de 2005, Parágrafo II del Artículo 26 y Artículo 27 sobre la programación y ajustes de la ejecución del presupuesto de gastos a las disponibilidades efectivas de recursos.
- Normas Básicas del Sistema de Tesorería, aprobadas mediante Resolución Suprema N° 218056 de 30 de julio de 1997, en su Artículo 26 señala que la programación del flujo financiero y la ejecución presupuestaria tienen por objetivo prever la disponibilidad de liquidez, sobre la base de la proyección de ingresos y egresos de corto plazo. Asimismo, el inciso b) del Artículo 29 establece que las cuotas de devengamiento y pago de las entidades, serán programadas, aprobadas y asignadas en función del saldo presupuestario, del saldo en la tesorería y de la proyección de ingresos del periodo.
- Inciso g) del Artículo 44 e inciso n) del Artículo 48 del Decreto Supremo N° 4857 de 06 de enero de 2023, sobre las atribuciones del Ministerio de Economía y del VTCP para asignar los recursos en el marco del Presupuesto General del Estado y normativa vigente de acuerdo con la disponibilidad de recursos.
La Paz, enero 2025