MEFP/VPCF/DGNGP/N° 19/2024: Consideraciones en la Contratación de Productos Farmacéuticos – Medicamentos, Dispositivos Médicos y Reactivos de Laboratorio

El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, Órgano Rector del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (SABS), en coordinación con la Agencia Estatal de Medicamentos y Tecnologías en Salud (AGEMED) recuerda a todas las Entidades Públicas que, en el marco de establecido en la Ley N° 1178, de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales y el Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), corresponde tomar en cuenta lo siguiente:

  • El parágrafo I del Artículo 6 de las NB-SABS, estableceque: “las NB-SABS y los instrumentos elaborados por el Órgano Rector, son de uso y aplicación obligatoria por todas las entidades públicas señaladas en los Artículos 3 y 4 de la Ley N° 1178 y toda entidad pública con personería jurídica de derecho público (…)”.
  • El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en coordinación con la Agencia Estatal de Medicamentos y Tecnologías de Salud, aprobó los modelos de Documento Base de Contratación (DBC) de Productos Farmacéuticos – Medicamentos para las modalidades de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (ANPE) y Licitación Pública (LP), mediante la Resolución Ministerial N° 021 de 2 de febrero de 2022, mismos que son de aplicación obligatoria por parte de las entidades públicas; y se encuentran elaborados en el marco de la Ley N° 1737, de 17 de diciembre de 1996 y normativa reglamentaria.

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La Paz, 8 de noviembre de 2024