MEFP/VTCP/DGPOT N° 9/2023: DEVOLUCIÓN DE RECURSOS AL TESORO GENERAL DE LA NACIÓN

La Dirección General de Programación y Operaciones del Tesoro comunica que, en el marco del Artículo 17 de la Ley del Presupuesto General del Estado – Gestión 2010, vigente para la gestión en curso, las entidades del Sector Público que requieran realizar devoluciones de saldos (descritos en el anexo adjunto), que sean correspondientes a recursos otorgados por el Tesoro General de la Nación (Fuente 10 – 41 Organismo Financiador 111 TGN) deben realizar depósitos a la Cuenta Corriente Fiscal (CCF) recaudadora Nº 10000023012276 TGN DEVOLUCIÓN DE RECURSOS AL TESORO habilitada en el Banco Unión S.A. o a través del módulo de transferencias del Sistema de Gestión Pública (SIGEP) con el código de operación TDRTG a la citada CCF que se encuentra parametrizada a la Libreta Nro. 00099021001 TGN-RECURSOS ORDINARIOS, para su conciliación automática como ingresos a favor del TGN.

Asimismo, las entidades del sector público que requieran realizar reversiones de comprobantes C-31 normales de pago correspondientes a la gestión en curso, deberán realizar sus depósitos en cajas del Banco Central de Bolivia, señalando el número de libreta y el número de C-31 a revertir.

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La Paz, febrero de 2023