MEFP/VTCP/DGAFT/UOIET/TES/N°02/2022 PLAZO PARA LA DEVOLUCIÓN DE SALDOS NO EJECUTADOS «BONO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD»

El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través del Viceministerio del Tesoro y Crédito Público comunica a los Gobiernos Autónomos Municipales y Gobiernos Autónomo Indígena Originario Campesinos que recibieron recursos del Tesoro General de la Nación (Organismo Financiador 111-TGN) para el pago del Bono de Discapacidad, según establece la Ley N° 977 de 26 de septiembre de 2017, que deben realizar la devolución de los saldos no ejecutados hasta el 30 de diciembre de 2022, a la Cuenta Corriente Fiscal N°3987 CUENTA ÚNICA DEL TESORO, habilitada en el Banco Central de Bolivia, Libreta N°00099021001 «TGN-RECURSOS ORDINARIOS», debiendo remitir su comprobante de depósito a la Dirección General de Administración y Finanzas Territoriales.

Lo señalado se encuentra establecido en el Decreto Supremo N° 3437 y Resolución MInisterial N° 010 de 20 de diciembre de 2017 y 10 de enero de 2018, respectivamente, así como en numeral 21.5 del «INSTRUCTIVO PARA EL CIERRE PRESUPUESTARIO, CONTABLE Y DE TESORERÍA DE LA GESTIÓN FISCAL 2022 E INICIO DE OPERACIONES DE LA GESTIÓN FISCAL 2023», por lo que se recomienda su cumplimiento oportuno.

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La Paz, noviembre 2022