En el marco del Artículo 6 del “Reglamento para la elaboración y presentación de estados financieros de entidades del sector público”, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 467 de 31/12/2021, la Dirección General de Contabilidad Fiscal (DGCF), recuerda a las entidades públicas que operan a través de la Cuenta Única del Tesoro (CUT), la obligación de exponer en estado conciliado las siguientes operaciones:
- Libretas en la CUT en M/N y M/E, para lo cual, se adjunta al presente Comunicado el Cuadro DGCF – R1.02 de operaciones pendientes al 31/07/2022, debiendo proseguir según lo establecido en el Parágrafo II del citado Artículo.
- Cuentas corrientes fiscales habilitadas en la Entidad Bancaria Pública (Banco Unión) y Banco Central de Bolivia, utilizando el perfil 659 – CONCILIACIÓN DE OPERACIONES DE CCF (Ver comunicado MEFP/VPCF/DGCF Nº2/2022).
Por otra parte, conforme a la citada norma se aclara que las operaciones que no cambian su estado a conciliado en el Sistema de Gestión Pública corresponden a aquellas que representan movimiento entre libretas u otras con características similares, como Fondo Rotativo y Caja Chica.
Directora General de Contabilidad Fiscal
La Paz, 3 de agosto de 2022