En el marco de lo establecido en el Parágrafo II del Artículo 6 del “Reglamento para la elaboración y presentación de estados financieros de entidades del sector público”, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 467 de 31/12/2021, la Dirección General de Contabilidad Fiscal recuerda a las entidades públicas que cuenten con libretas habilitadas en la Cuenta Única del Tesoro del Banco Central de Bolivia, la obligación de registrar hasta el 10 de cada mes todas las operaciones pendientes de regularización, a través de comprobantes C-21 y/o C-31 con y sin imputación presupuestaria según corresponda.
Las entidades que incumplan lo establecido, serán pasibles a la suspensión de firmas en comprobantes C-31 normales de gasto a partir del 18/04/2022.
La información de operaciones pendientes “Cuadro 2 (DGCF – R1.02)” al 31/03/2022, puede ser descargada del archivo Excel adjunto al presente comunicado.
Directora General de Contabilidad Fiscal
La Paz, 7 de abril de 2022