El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas comunica a todas las Entidades Públicas, que el Decreto Supremo Nº 4272, de 23 de junio de 2020, cuyo Artículo 96 establecía Márgenes de Preferencia y Factores de Ajuste distintos a los determinados en el Artículo 30 de las NB-SABS, fue abrogado a través del Decreto Supremo N° 4416, de 9 de diciembre de 2020, cuya Disposición Transitoria Única, dispone que todas las convocatorias públicas a partir de su vigencia, incluyendo segundas o siguientes convocatorias de procesos declarados desiertos y nuevas convocatorias de procesos de contratación se realizarán conforme los modelos de Documento Base de Contratación en las modalidades de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo; y Licitación Pública, vigentes previa a la aprobación del Decreto Supremo N° 4272.
Por tanto, los Modelos de Documento Base de Contratación para la Adquisición de Bienes; Contratación de Obra y Adquisición de Productos Farmacéuticos Medicamentos, en las Modalidades ANPE y Licitación Pública, aprobados mediante la Resolución Ministerial N° 751, de 27 de junio de 2018, se encuentran vigentes.
Comunicado
La Paz, diciembre de 2020