MEFP/VPCF/DGSGIF N° 47/2021 TRANSFERENCIAS Y PAGOS ELECTRÓNICOS PARA UNIVERSIDADES PÚBLICAS, ENTIDADES TERRITORIALES AUTÓNOMAS, SUS ENTIDADES DESCONCENTRADAS, DESCENTRALIZADAS Y EMPRESAS PÚBLICAS

El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas comunica a todas las entidades públicas, que mediante Resolución Ministerial  N° 330  se aprobó el “Reglamento para Transferencias y Pagos Electrónicos para Universidades Públicas (UP), Entidades Territoriales Autónomas (ETA), sus Entidades Desconcentradas, Descentralizadas y Empresas Públicas”, el cual entra en vigencia a partir del día de hoy con su publicación en el SIGEP.

La implementación de transferencias y pagos electrónicos permitirá a las ETA y UP modernizar, agilizar y simplificar sus procesos de pago a proveedores y beneficiarios del Estado, operaciones que podrán ser canalizadas por el SIGEP sin costo alguno para las ETA, UP ni para los proveedores y beneficiarios, reduciendo adicionalmente costos administrativos por la entrega, recepción y cobro de cheques.

Las ETA y UP deben aplicar de manera obligatoria la nueva operatoria de pago electrónico a beneficiarios de pagos con cuentas bancarias en el Banco Unión S.A., en el plazo máximo de ciento ochenta (180) días hábiles administrativos computables a partir de la fecha.  Las operaciones de pago electrónico a otros bancos serán habilitadas en ese plazo.

Se recomienda a los proveedores y beneficiarios de las ETA y UP efectuar el registro de sus cuentas bancarias en el Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE) o en el Registro de Beneficiarios SIGEP, según corresponda, para recibir sus pagos de manera electrónica.

A través del SIGEP se publicará la lista de entidades que progresivamente ingresen a la operatoria de pago electrónico para conocimiento de sus proveedores.

El Reglamento y la Resolución Ministerial que lo aprueba, pueden descargarse del siguiente enlace: ( https://portal.sigep.gob.bo/wp-content/uploads/2021/09/RM330.pdf)

La Paz, 24 de septiembre de 2021