La Dirección General de Programación y Operaciones del Tesoro comunica que, en el marco del Artículo 17 de la Ley de Presupuesto General del Estado – Gestión 2010, vigente para la gestión en curso, las entidades del sector público que requieran realizar devoluciones correspondientes a recursos otorgados por el Tesoro General de la Nación (Fuente 10 – 41 Organismo Financiador 111 TGN) deben realizar los depósitos a la Cuenta Corriente Fiscal (CCF) recaudadora N° 10000023012276 TGN DEVOLUCIÓN DE RECURSOS AL TESORO habilitada en el Banco Unión S.A. o a través del Módulo de Transferencias del Sistema de Gestión Pública (SIGEP) con el código de operación TDRTG a la citada CCF que se encuentra parametrizada a la Libreta Nro. 00099021001 TGN – RECURSOS ORDINARIOS, para su conciliación automática como ingresos a favor del TGN.
Adimismo, las entidades del sector público que requieran realizar reversiones de comprobantes C-31 normales de pago correspondiente a la gestión en curso, deberán realizar sus depósitos en cajas del Banco Central de Bolivia, señalando la libreta y el número de C-31 a revertir, dicha reversión debe ser realizada hasta el día 10 de cada mes.
La Paz, 27 de Febrero del 2020