COMUNICADO: MEFP/VTCP/DGAFT/USCFT/N°01/2026 -APROBACIÓN REGLAMENTO ESPECÍFICO PARA EL REGISTRO DE INICIO DE OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO

El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas comunica a las Entidades Territoriales Autónomas y Universidades Públicas Autónomas del país que, para la remisión de solicitudes de certificado de Registro de Inicio de Operaciones de Crédito Público, a partir de fecha 08 de marzo de 2026, se encuentra vigente la Resolución Ministerial N° 114, mediante la cual se aprobó el “Reglamento Específico para el Registro de Inicio de Operaciones de Crédito Público” misma que se encuentra disponible en la página WEB de esta Cartera de Estado y que puede ser consultado a través del siguiente enlace:

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Finalmente, cabe recordar a las entidades del Sector Público que tienen la obligación de cumplir las normas establecidas para la gestión pública, entre ellas el registro de sus operaciones en el Sistema de Gestión Pública, cumpliendo los requisitos de calidad de la información (representación fiel, completitud, oportunidad y verificabilidad) de acuerdo a la estructura presupuestaria y prevista y efectuar el seguimiento periódico correspondiente, para exponer fielmente su información.

La Paz, 09 de marzo de 2026

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