La Dirección General de Crédito Público dependiente del Viceministerio del Tesoro y Crédito Público, comunica a todas las entidades públicas que se constituyen en Fideicomitentes que segun el Parágrafo II del Articulo 18 (Fideicomisos) del Decreto Supremo N° 5301, de 2 de enero de 2025, que reglamenta los mandatos contenidos en el Anexo de la Ley N° 2042, incorporado por la Disposición Final Segundo de la Ley N° 1613, deben informar al Ministerio de Economia y Finanzas Públicas la constitución de Fideicomisos con recursos públicos y el estado de los mismos, con fines de registro, según los plazos establecidos en la normative vigente.
Para conocer el procedimiento de remisidn de la informacidn senalada revise la guia adjunta y sus anexos.
La Paz, 28 de enero de 2026