En el marco del Artículo 6 del “Reglamento para la Elaboración y Presentación de Estados Financieros de Entidades del Sector Público”, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 467 de 31/12/2021, la Dirección General de Contabilidad Fiscal (DGCF) recuerda a las entidades públicas que operan en la Cuenta Única del Tesoro (CUT), la obligación de exponer en estado conciliado las siguientes operaciones:
- Libretas en la CUT en M/N y M/E, para lo cual, se adjunta el Cuadro DGCF – R1.02 de operaciones pendientes al 30/11/2024, de acuerdo a lo establecido en el Parágrafo II del citado Artículo.
- Cuentas corrientes fiscales habilitadas en la Entidad Bancaria Pública (Banco Unión S.A.) y Banco Central de Bolivia, utilizando el perfil 659 – CONCILIACIÓN DE OPERACIONES DE CCF (Ver comunicado MEFP/VPCF/DGCF Nº2/2022).
Por otra parte, conforme a la mencionada norma, las operaciones que no cambian su estado a conciliado en el Sistema de Gestión Pública corresponden a aquellas que representan movimiento entre libretas u otras con características similares, como Fondo Rotativo y Caja Chica.
Finalmente, para recibir los comunicados de la DGCF, deben remitir mensaje a: contabilidad.fiscal@economiayfinanzas.gob.bo, incluyendo la descripción de la entidad y su dirección de correo electrónico.
La Paz, 5 de diciembre de 2024